Micelio
Auto24 de agosto de 2017

A- de 2017

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Jose Manuel Bejarano Cruz·Demandado Seguros Del Estado S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de La Dorada y el Juzgado Cincuenta Civil Municipal de Bogotá.

Considera la Corte que el despacho de La Dorada desconoció las reglas que definen la competencia territorial, pues el accionante podía acudir ante los jueces de ambas ciudades, “a prevención”, sin que su elección alterara el factor territorial.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de La Dorada, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela formulada.

Se advierte a dicho despacho que en lo sucesivo de debe abstener de proceder como lo hizo, en tanto ello se opone a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el veintisiete (27) de julio de 2017, por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de La Dorada - Caldas, mediante el cual dicho despacho judicial rechazó la competencia para conocer de la tutela interpuesta el señor José Manuel Bejarano Cruz contra Seguros del Estado S.A..
  3. SEGUNDO. REMITIR el ICC-2964 al Juzgado
  4. Primero. Promiscuo Municipal de La Dorada - Caldas, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
  5. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
  6. Primero. Promiscuo Municipal de La Dorada - Caldas para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo en tanto ello se opone a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
  7. CUARTO. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes y al Juzgado Cincuenta Civil Municipal de Bogotá de la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.